Observaciones sobre la RNE de la FMRE
Dentro del Título de Concesión para Usar y Aprovechar Bandas de Frecuencias del Espectro Radioeléctrico para Uso Privado, con Propósitos de Radioaficionados, dentro de los Derechos y Obligaciones, el punto 7 dice:
7. Colaboración en caso de emergencias. el Concesionario deberá colaborar con las distintas instituciones y autoridades competentes que le soliciten apoyo sobre el uso de sus recursos de telecomunicaciones, con la finalidad de mitigar los efectos de las catástrofes y para operaciones de socorro y servicios de asistencia humanitaria durante el tiempo que dure una emergencia o desastre natural.